“El Presidente Ejecutivo es la Máxima Autoridad Ejecutiva de YPFB. La Presidencia del Directorio será ejercida por la Ministra o el Ministro de Hidrocarburos”, señala el parágrafo modificado de la Ley de Hidrocarburos.
JUSTIFICACIÓN
Con esta modificación se pretende dar cumplimiento a la “Agenda Patriótica 2025” y el “Plan de Desarrollo Económico y Social 2016 – 2020”, además de mejorar la gestión de YPFB así como la fiscalización y control de actividades que realiza la estatal.
En un plazo máximo de 60 días, el Órgano Ejecutivo elaborará y aprobará los nuevos estatutos de YPFB. El documento fue remitido al Órgano Ejecutivo para su promulgación.
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