martes, 16 de septiembre de 2014

Un decreto norma la exportación de hidrocarburos




Para garantizar el abastecimiento interno y controlar la exportación de excedentes energéticos, el Gobierno decidió incluir ocho nuevos productos a la lista de hidrocarburos líquidos que tienen que tener autorización previa para su comercialización fuera del país. Además, como medida preventiva, prohíbe cualquier exportación de biodiésel, cuando el país lo produzca.
Las restricciones están dispuestas en el decreto supremo 2103, que establece que la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) otorgará de aquí en adelante los permisos de exportación de hidrocarburos líquidos, actualizados de las anteriores restricciones incluidas en el decreto supremo 28176 de 2005.

Anteriores exigencias

Anteriormente, se exigía autorización para la exportación de petróleo crudo y condensado, gasolina natural, GLP y una amplia lista de hidrocarburos líquidos.

Ahora, los productos nuevos que tienen que ser necesariamente autorizados por la ANH, son los hidrocarburos líquidos provenientes de las plantas de separación de líquidos de Río Grande y Gran Chaco / MM

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