Las patentes se pagarán por anualidades adelantadas e, inicialmente, a la suscripción de cada contrato, por duodécimas si no coincidiera el plazo con un año calendario, independientemente de los impuestos que legalmente correspondan a la actividad".
El argumento. Fernando Rodríguez asesor legal del Comité Cívico de Chuquisaca indicó que la producción comercial inició el 22 de diciembre del 2004, fecha que se tomará en cuenta para el pago. "No se trata de retroactividad, se trata de pagar lo que le corresponde a cada departamento establecido en la Ley 3058 artículo 45", dijo.
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