La Prensa y agencias.- El director jurídico de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), Mauricio Ochoa Urioste, fue destituido y enviado, el sábado, al penal de San Pedro con medidas cautelares debido a una supuesta extorsión y cobro de dinero a un contratista.
El personero, al parecer, fue sorprendido al intentar realizar algunos “arreglos” en un contrato entre la estatal petrolera y una gasolinera.
Ochoa fue designado en el cargo por Yacimientos hace seis mes. Antes ocupó el mismo cargo en la Caja Nacional de Salud (CNS), de donde fue despedido luego de que presentara ante el Viceministerio de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción 12 denuncias sobre irregularidades cometidas en esa entidad.
El juez quinto de Instrucción en lo Penal, Willams Dávila, explicó que Ochoa fue imputado por la fiscal Edna Tordoya por los delitos de cohecho pasivo propio y beneficios en razón del cargo, y su detención preventiva responde a un posible riesgo de fuga, pues el personero dio dos domicilios de referencia. El ex Director Jurídico de YPFB fue denunciado por Julio Siñani, contratista encargado de edificar la estación de servicio Uruguay.
El denunciante declaró que le había solicitado que solucione algunos problemas en un contrato que tenía con Yacimientos.
“(Ochoa) le habría solicitado dinero y este señor Siñani le habría entregado 800 dólares”, dijo Dávila al precisar que el hecho ocurrió el viernes en el restaurante El Establo, ubicado en la calle Bueno.
Según el juez, Siñani sacó fotocopias de los billetes que entregó a Ochoa, con lo que pudo confirmar el cobro cuando la Policía encontró “flagrante” al Director Jurídico en posesión del dinero. Ochoa aseguró que le tendieron una trampa y que desconoce cómo apareció el dinero en su bolsillo.
El presidente de YPFB, Santos Ramírez, dijo que presentó otra acusación en contra del ex funcionario por los delitos de cohecho pasivo propio, dolo y uso indebido de influencias por extorsionar al contratista
El informe presentado por el titular de YPFB establece que sobre Mauricio Ochoa existen indicios de delito de dolo de acuerdo con el artículo 14 del Código Penal, cohecho pasivo (artículo 145), uso indebido de influencias (artículo 146) y extorsión (artículo 333).
El personero, al parecer, fue sorprendido al intentar realizar algunos “arreglos” en un contrato entre la estatal petrolera y una gasolinera.
Ochoa fue designado en el cargo por Yacimientos hace seis mes. Antes ocupó el mismo cargo en la Caja Nacional de Salud (CNS), de donde fue despedido luego de que presentara ante el Viceministerio de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción 12 denuncias sobre irregularidades cometidas en esa entidad.
El juez quinto de Instrucción en lo Penal, Willams Dávila, explicó que Ochoa fue imputado por la fiscal Edna Tordoya por los delitos de cohecho pasivo propio y beneficios en razón del cargo, y su detención preventiva responde a un posible riesgo de fuga, pues el personero dio dos domicilios de referencia. El ex Director Jurídico de YPFB fue denunciado por Julio Siñani, contratista encargado de edificar la estación de servicio Uruguay.
El denunciante declaró que le había solicitado que solucione algunos problemas en un contrato que tenía con Yacimientos.
“(Ochoa) le habría solicitado dinero y este señor Siñani le habría entregado 800 dólares”, dijo Dávila al precisar que el hecho ocurrió el viernes en el restaurante El Establo, ubicado en la calle Bueno.
Según el juez, Siñani sacó fotocopias de los billetes que entregó a Ochoa, con lo que pudo confirmar el cobro cuando la Policía encontró “flagrante” al Director Jurídico en posesión del dinero. Ochoa aseguró que le tendieron una trampa y que desconoce cómo apareció el dinero en su bolsillo.
El presidente de YPFB, Santos Ramírez, dijo que presentó otra acusación en contra del ex funcionario por los delitos de cohecho pasivo propio, dolo y uso indebido de influencias por extorsionar al contratista
El informe presentado por el titular de YPFB establece que sobre Mauricio Ochoa existen indicios de delito de dolo de acuerdo con el artículo 14 del Código Penal, cohecho pasivo (artículo 145), uso indebido de influencias (artículo 146) y extorsión (artículo 333).
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