En el país, el barril de petróleo tiene un precio congelado de 27 dólares, para evitar que el costo de la gasolina suba, pero apenas traspone las fronteras ese volumen de “oro negro” alcanza un precio internacional de 83 o más dólares.
Esta diferencia de precios es fundamental para comprender cómo se diseñó un plan de exportación de condensado y de compra de productos terminados, como el diésel y la gasolina, entre YPFB Corporación (YPFB-C) y su subsidiaria YPFB Refinación (YPFB-R), que es la empresa responsable de procesar el petróleo en el país y de abastecer el mercado interno de diésel, gas licuado de petróleo y otros derivados.
Sobre esta exportación a Argentina han surgido cinco cuestionamientos -aunque quizás sean más- que, en opinión de expertos en hidrocarburos como Francesco Zaratti, Bernardo Prado o Carlos Miranda, son en realidad irregularidades.
Una operación “tipo”
En los últimos años, la demanda nacional de combustibles supera la oferta, por lo que Bolivia debe importarlos a los precios que rigen en otros países productores; luego, como se sabe, los vende a precios subvencionados, es decir, más baratos, lo cual representa un gasto creciente para el Estado.
El condensado (el gas en estado líquido) se obtiene de los campos gasíferos y se procesa en las refinerías Gualberto Villarroel de Cochabamba y Guillermo Elder Bell de Santa Cruz, a cargo de YPFB-R.
Con el aporte del campo Margarita al volumen de gas exportable a Argentina también subió la producción de condensado. Pero se presentó un problema: las refinerías, según YPFB-R, no tenían capacidad para procesar ese hidrocarburo adicional.
Surgió entonces la iniciativa de exportar el condensado y, simultáneamente, importar combustibles terminados para el mercado interno.
Esta doble operación -el experto en la materia, Carlos Miranda, la llama maquila- se suele realizar con refinerías vecinas a las fronteras del país que demanda el servicio; mediante un contrato se definen el volumen que será exportado y los precios, tanto del condensado como de los productos que retornarán.
En 2012, YPFB-R firmó un contrato de asociación accidental con YPFB-C mediante el cual obtuvo los derechos de comercialización del condensado que, argumentó, no podía procesar. Compró el hidrocarburo a YPFB-C y después contrató a una refinería argentina, Refinor, de Campo Durán, próxima a Pocitos, en la frontera sur. Y comenzó a enviar petróleo.
La asociación (1)
Lo primero que se ha cuestionado es por qué YPFB-C firmó un contrato de asociación accidental mediante el cual cedió sus derechos exclusivos de comercialización a YPFB-R, que así se transformó en una suerte de intermediaria.
El parágrafo II del artículo 2 del decreto de nacionalización del 1 de mayo de 2006 o “Defensores del Chaco” expresa que “YPFB, a nombre y en representación del Estado, en ejercicio pleno de la propiedad de todos los hidrocarburos producidos en el país, asume su comercialización, definiendo las condiciones, volúmenes y precios tanto para el mercado interno, como para la exportación y la industrialización”.
Este artículo refleja una de las reivindicaciones fundamentales de la nacionalización, pues con la anterior normativa las transnacionales petroleras eran propietarias de los hidrocarburos, desde la boca de pozo, y los podían disponer como quisieran: por ejemplo, los exportaban; en cambio, ahora sólo YPFB-C tiene ese exclusivo derecho, pero lo cedió a su subsidiaria YPFB-R, que se convirtió en su representante.
YPFB-C desempeñó sólo funciones de supervisión en ejercicio “de su derecho de único importador y exportador del país”, señala una de las respuestas del ministro de Hidrocarburos y Energía, Juan José Sosa, a la petición de informe escrito del diputado de PPB-CN Juan Luis Gantier.
El ministro Sosa explica que el traspaso de ese derecho exclusivo, según YPFB-C, se amparó en la Constitución Política del Estado (CPE) y la Ley de Hidrocarburos vigente.
El especialista en hidrocarburos Francesco Zaratti afirma que YPFB-C “cedió sus prerrogativas constitucionales a una empresa mixta (YPFB-R), ignorando el decreto de nacionalización 28701 y la CPE (un pecado político e ideológico)”. En otras palabras, YPFB-R es un intermediario prescindible.
Precio interno y externo (2)
El principal cuestionamiento tiene relación con el precio del condensado. Pero en realidad se debe hablar de dos precios para el barril: uno para el mercado interno, de 27 dólares -y que llega a 31 dólares en la operación, porque se pagó el IVA-, y otro de exportación, que según la cotización internacional es de 83 o más dólares.
En la operación, según confirmaron el informe técnico enviado por YPFB-R a YPFB-C el 27 de abril de 2012 y las respuestas a la petición de informe del diputado Gantier, YPFB-R compró el barril en 27 dólares a YPFB-C, mediante un contrato firmado el 30 noviembre de 2011, y pagó regalías y tributos sobre ese precio.
Sin embargo, YPFB-R le vendió el barril a Refinor a 83 dólares, el precio internacional o la cotización diaria del petróleo en el mercado West Texas Intermediate menos cinco dólares, y estima, en su informe técnico, que ese precio puede subir hasta 98 dólares.
El argumento de YPFB-R que sustenta la operación es que con la exportación a un precio internacional 83 o más dólares se cubre el costo de la subvención de los combustibles o productos terminados, como el diésel o la gasolina, por ejemplo, que demanda el mercado interno.
YPFB-R calculó que en los dos años de exportación, 2012 y 2013, con un precio internacional de hasta 98 dólares por barril, se pueden obtener 248 millones de dólares, en tanto que lo que debe desembolsar el Estado por la subvención a esos carburantes en el mercado interno llega a 175,5 millones de dólares.
La diferencia entre los precios de exportación de condensado, 248 millones de dólares, y de lo que se denomina diferencial de importación de productos terminados, 175,5 millones de dólares, es de 72,5 millones de dólares, que según el mencionado informe técnico debía financiar los futuros proyectos de YPFB-R de ampliación, para elevar su capacidad de refinación, pues ahora en el país se produce más gas.
“Defraudación” tributaria (3)
Es distinto pagar impuestos y regalías sobre 27 dólares que sobre 83 dólares. A esto Zaratti le llama “pecado tributario”.
La regalía o royalty es el tributo que paga una empresa al gobierno local donde se explota un recurso natural no renovable como los hidrocarburos -el condensado, por ejemplo- o los minerales. El tributo nacional es el gravamen que impone el Estado a una actividad y, en el caso del gas o petróleo, el más importante es el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), que equivale al 50% de lo que se produce. Las regalías ingresan a las regiones y los tributos al Tesoro General del Estado.
Como en la exportación YPFB-R sólo pagó impuestos sobre el precio interno, de 27 dólares, se estima que una región productora como Tarija recibió apenas un tercio de lo que correspondía por regalías, porque el condensado fue vendido a Refinor de Argentina a precio internacional.
En promedio se ha estimado que la Gobernación de Tarija percibe tres dólares por barril de condensado, cuando éste se vende al precio interno; pero como YPFB-R vendió el hidrocarburo a Refinor a 83 dólares, casi cuatro veces más, la región tenía que haber recibido al menos nueve dólares por barril.
En cuanto al IDH y los demás impuestos no hay una cuantificación precisa.
El citado informe técnico de YPFB-R expresa que, con la exportación de condensado, las productoras petroleras (Repsol, Petrobras, etc.), YPFB-C –que recibe una participación por las ventas internas de hidrocarburos- y las regiones (por regalías e IDH) no percibirán unos 257 millones de dólares por la venta a Refinor de 3,7 millones de barriles de condensado a lo largo de 2012 y 2013.
Las pérdidas por la exportación se distribuyen así: 101 millones de dólares menos para las productoras -se les compra el barril de condensado sólo a 27 dólares-, 99 millones de dólares menos para las regiones por regalías e IDH y 56,8 millones de dólares de recorte para YPFB-C.
Zaratti estima que en ocho meses se registró una “defraudación” de impuestos y regalías por al menos 50 millones de dólares.
Agrega que también se habría cobrado el importe de la subvención cuando se recibió los productos terminados, como el diésel o la gasolina, desde Argentina. Habría una “posible estafa al TGE por cobro del subsidio a los productos reimportados (¿quién se quedó con ese dinero?)”, se pregunta.
Las autorizaciones (4)
En toda exportación de condensado se precisa, según la normativa vigente, la autorización o visto bueno de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) que controla el llamado downstream o todo lo relativo al transporte, comercialización y refino.
Pero para obtener este permiso se debe presentar ante la ANH, como requisito indispensable, una certificación tributaria emitida por el Servicio Nacional de Impuestos.
En este punto se abre esta interrogante: si YPFB-R pagó impuestos y regalías a un precio interno de 27 dólares, ¿por qué logró -y con qué certificación tributaria- exportar a un precio internacional de 83 dólares?
Tanto la ANH como el SIN no han explicado qué rol jugaron en esta exportación de condensado.
Falta de transparencia (5)
Otra de las irregularidades fue la falta de transparencia. Según Zaratti, lo óptimo hubiera sido que se llamara a una licitación internacional para adjudicar el condensado en lugar de conceder ese exclusivo derecho a YPFB-R.
Se desconocía la operación al extremo de que YPFB-C no informó sobre ella en su página web ni emitió un boletín al respecto.
Incluso el propio ministro Sosa conoció los detalles de la operación a fines de octubre de 2012 y recibió más información gracias a la petición de informe escrito solicitada por el diputado de PPB-CN Juan Luis Gantier.
Es posible, sin embargo, que haya más irregularidades. Zaratti asegura que YPFB-C no convocó al directorio para que aprobara el contrato de asociación con YPFB-R y esta empresa no obtuvo del suyo el permiso para firmar convenios con YPFB-C y Refinor.
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