viernes, 21 de diciembre de 2018

LEY N° 1050 - Area el Astillero APROBACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS PETROLEROS

LEY N° 1050
LEY DE 07 DE ABRIL DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. (APROBACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS PETROLEROS).  De conformidad con lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 362 de la Constitución Política del Estado, y la autorización dispuesta por la Ley Nº 1014 de 26 diciembre de 2017, se aprueba el Contrato de Servicios Petroleros para la Exploración y Explotación en Áreas Reservadas a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, correspondiente al Área Astillero, ubicada en el Departamento de Tarija, suscrito en fecha 15 de enero de 2018, entre YPFB y las empresas YPFB CHACO S.A. y PETROBRAS BOLIVIA S.A.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los cinco días del mes de abril del año dos mil dieciocho.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, Erwin Rivero Ziegler, Sebastián Texeira Rojas, Margarita del C. Fernández Claure.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Municipio de Bermejo del Departamento de Tarija, a los siete días del mes de abril del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Luis Alberto Sanchez Fernández.

No hay comentarios:

Publicar un comentario