Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) previsionó una deuda de 279,9 millones de dólares (1.979,3 millones de bolivianos) en 2008 por la retribución a las empresas petroleras por los gastos en los que incurren en su actividad, denominados costos recuperables.
Así se establece en los estados financieros comparativos 2007-2008 de la empresa estatal en el rubro pasivos corrientes, de cuentas pendientes con compañías contratistas de operación.
Costos recuperables es un concepto que se incluyó en los 44 contratos de operación suscritos entre el Estado y las empresas petroleras el año 2006. Según el acuerdo, las empresas pueden cobrar a Yacimientos dos tipos de gastos, en inversión petrolera y en operación por gastos de mano de obra, insumos, tecnología, transporte y otros.
El Estado debe retribuir estos gastos porque las compañías aportan los capitales, equipos, instalaciones, personal, tecnología para el desarrollo de los campos bajo su operación.
El analista en hidrocarburos Hugo del Granado explicó que el monto corresponde a un saldo, es decir, una previsión por un monto que se adeuda hasta diciembre de 2008, pero el balance no establece el monto total por este concepto que debe incluir lo que se pagó.
Añadió que hasta diciembre de 2007 la deuda ascendía a 295,8 millones de dólares, entonces es posible que se haya pagado la diferencia de 15,9 millones de dólares en relación con los 279,9 millones de la pasada gestión.
A este monto se debe añadir los costos que cobraron las empresas durante 2008, pero en el balance no se aclara si se cancelaron; sólo figura el pasivo.
La Prensa se comunicó con YPFB para solicitar información sobre este tema y los desembolsos efectuados, pero no recibió respuesta, tampoco en el Ministerio de Hidrocarburos.
En los 44 nuevos contratos suscritos con las petroleras se establece que la distribución de ingresos será: 18 por ciento en regalías y participaciones, 32 por ciento en Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y el restante 50 por ciento cubre los costos recuperables y la utilidad para las petroleras. Dependiendo de la magnitud de cada campo petrolero o gasíferos y los de trabajos que se hayan realizado, las compañías pueden descontar un 40, 50 o 60 por ciento de lo que queda después de cancelarse la renta petrolera. Conforme al Anexo D de los contratos petroleros, todos los impuestos, tasas y contribuciones vigentes se constituyen en costos recuperables, con excepción del IDH, las regalías y participaciones, el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) y el Impuesto a las Remesas de Beneficiarios al Exterior.
El ex ministro de Hidrocarburos Guillermo Torres señaló que las cifras por este concepto que aparecen en el balance de YPFB son generales y no aclaran el tipo de gasto en el que se incurrió.
Recordó que ésa fue una observación a los contratos de operaciones de las empresas petroleras con YPFB, puesto que las primeras pueden indexar todo tipo de gasto bajo el argumento de que es un costo operativo. La Ley 3740 de Desarrollo Sostenible del sector Hidrocarburos, del 31 de agosto de 2007, en su artículo 6 establece que YPFB debe publicar semestralmente en su página web y por escrito toda la información, pero se la desconoce.
Más datos
Los nuevos contratos reconocen a las petroleras los costos operativos y de inversiones realizados en explotación y exploración, que pueden ser:
1.- Costos de personal
2.- Costos de movilización y desmovilización de personal
3.- Costos de transporte y reubicación de personal
4.- Costos de materiales
5.- Impuestos, tasas, contribuciones, compensaciones e indemnizaciones
6.- Diferencias de cambio
7.- Protección al medio ambiente y seguridad industrial
8.- Costos legales
9.- Seguros
10.- Administración y servicios
11.- Depreciación de los activos fijos
12.- Cargos relacionados con la casa matriz del operador, además de otros gastos.
Así se establece en los estados financieros comparativos 2007-2008 de la empresa estatal en el rubro pasivos corrientes, de cuentas pendientes con compañías contratistas de operación.
Costos recuperables es un concepto que se incluyó en los 44 contratos de operación suscritos entre el Estado y las empresas petroleras el año 2006. Según el acuerdo, las empresas pueden cobrar a Yacimientos dos tipos de gastos, en inversión petrolera y en operación por gastos de mano de obra, insumos, tecnología, transporte y otros.
El Estado debe retribuir estos gastos porque las compañías aportan los capitales, equipos, instalaciones, personal, tecnología para el desarrollo de los campos bajo su operación.
El analista en hidrocarburos Hugo del Granado explicó que el monto corresponde a un saldo, es decir, una previsión por un monto que se adeuda hasta diciembre de 2008, pero el balance no establece el monto total por este concepto que debe incluir lo que se pagó.
Añadió que hasta diciembre de 2007 la deuda ascendía a 295,8 millones de dólares, entonces es posible que se haya pagado la diferencia de 15,9 millones de dólares en relación con los 279,9 millones de la pasada gestión.
A este monto se debe añadir los costos que cobraron las empresas durante 2008, pero en el balance no se aclara si se cancelaron; sólo figura el pasivo.
La Prensa se comunicó con YPFB para solicitar información sobre este tema y los desembolsos efectuados, pero no recibió respuesta, tampoco en el Ministerio de Hidrocarburos.
En los 44 nuevos contratos suscritos con las petroleras se establece que la distribución de ingresos será: 18 por ciento en regalías y participaciones, 32 por ciento en Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y el restante 50 por ciento cubre los costos recuperables y la utilidad para las petroleras. Dependiendo de la magnitud de cada campo petrolero o gasíferos y los de trabajos que se hayan realizado, las compañías pueden descontar un 40, 50 o 60 por ciento de lo que queda después de cancelarse la renta petrolera. Conforme al Anexo D de los contratos petroleros, todos los impuestos, tasas y contribuciones vigentes se constituyen en costos recuperables, con excepción del IDH, las regalías y participaciones, el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) y el Impuesto a las Remesas de Beneficiarios al Exterior.
El ex ministro de Hidrocarburos Guillermo Torres señaló que las cifras por este concepto que aparecen en el balance de YPFB son generales y no aclaran el tipo de gasto en el que se incurrió.
Recordó que ésa fue una observación a los contratos de operaciones de las empresas petroleras con YPFB, puesto que las primeras pueden indexar todo tipo de gasto bajo el argumento de que es un costo operativo. La Ley 3740 de Desarrollo Sostenible del sector Hidrocarburos, del 31 de agosto de 2007, en su artículo 6 establece que YPFB debe publicar semestralmente en su página web y por escrito toda la información, pero se la desconoce.
Más datos
Los nuevos contratos reconocen a las petroleras los costos operativos y de inversiones realizados en explotación y exploración, que pueden ser:
1.- Costos de personal
2.- Costos de movilización y desmovilización de personal
3.- Costos de transporte y reubicación de personal
4.- Costos de materiales
5.- Impuestos, tasas, contribuciones, compensaciones e indemnizaciones
6.- Diferencias de cambio
7.- Protección al medio ambiente y seguridad industrial
8.- Costos legales
9.- Seguros
10.- Administración y servicios
11.- Depreciación de los activos fijos
12.- Cargos relacionados con la casa matriz del operador, además de otros gastos.
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