lunes, 8 de diciembre de 2014

Diputados autorizan exploración de gas

Esta semana, la Cámara de Diputados autorizó la suscripción del contrato de exploración y explotación para el área Carohuaicho 8D, ubicado en los departamentos de Santa Cruz y Chuquisaca. “Esta área es de interés petrolero, es un área reservada para YPFB, es por eso que YPFB a través de su subsidiaria YPFB Andina, se han propuesto encarar este proyecto exploratorio, con lo que se garantiza la seguridad jurídica en las inversiones por parte del Estado Plurinacional de Bolivia” dijo el ministro de Hidrocarburos y Energía, Juan José Sosa.

Hace dos semanas, la Cámara anunció que durante la presente legislatura, ese poder camaral aprobó 15 contratos de exploración y explotación petrolera. El Gobierno confía en incrementar las reservas de gas natural y del crudo que quedaron en 10.4 TCF, según una reciente certificación internacional. Las inversiones señaladas en el presupuesto financial para exploración superan $us 3.000 millones para este año.

LOCALIZACIÓN

El área Carohuaicho 8D se encuentra en los municipios de Camiri, Lagunillas, Cuevo y Charagua del departamento de Santa Cruz y los municipios de Muyupampa y Huacaya del departamento de Chuquisaca, correspondientes a las provincias de Cordillera y Luís Calvo, respectivamente.

POTENCIAL

Sosa explicó que el área en la que se encuentra Carohuaicho 8D es zona tradicional hidrocarburífera y se estima que tenga un potencial gasífero de más de 1 trillón de pies cúbicos (TCF) de gas natural.

“El contrato consta de dos partes, la primera correspondiente a la etapa de exploración, en el caso de zona tradicional la empresa tiene tres años para esta primera fase, en la cual debe invertirse alrededor de 6 millones de dólares. En la segunda fase, se perforará el primer pozo exploratorio conforme a los resultados obtenidos”, explicó Sosa.

La empresa YPFB Andina S.A. es parte de YPFB Corporación, y la conformación accionaria responde 51 por ciento a YPFB y 49 por ciento a la española Repsol.

Resta que la Cámara de Diputados remita el proyecto de Ley a la Cámara de Senadores, para que sea autorizada la firma del contrato en esa instancia camaral.

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