martes, 27 de marzo de 2012

Surtidores pueden vender hasta 120 litros de combustibles en envases

Las estaciones de servicio, tanto privadas como públicas, pueden vender hasta 120 litros de combustibles líquidos en bidones, bolsas, turriles y otros envases, según Decreto Supremo 28511.

Esta aclaración la publicó la Agencia Nacional de Hidrocarburos a raíz de interpretaciones que surgieron por parte de propietarios y administradores de estaciones de servicio, en sentido de que estaría prohibida la venta en envases de cualquier índole.

El comunicado señala: "La Agencia Nacional e Hidrocarburos comunica a la población en general, que éste ente regulador no emitió disposición alguna que prohíba a las estaciones de servicio la comercialización de combustibles líquidos en bidones, bolsas u otros envases".

Según el Decreto Supremo 28511, del 16 de diciembre de 2005, la Dirección General de Sustancias Controladas es la responsable de emitir autorizaciones de compra local y hoja de ruta para la adquisición y el transporte de diesel oil y de gasolina en volúmenes mayores a 120 y hasta 20.000 litros a favor de personas individuales o colectivas que requieran estos productos para consumo propio y que pertenezcan a los sectores industrial, construcción, minería mediana o pequeña, agrícola, maderera, ganadera o de transporte fluvial registrados en ese ente de control.

La autorización de los 120 litros es para el área urbana, pues el decreto mencionado establece que las estaciones de servicio ubicadas en zonas fronterizas del país, bajo un registro específico, podrán comercializar diesel oil y gasolina especial, en bidones, tambores u otro tipo de envases aptos, en volúmenes no mayores a los 50 litros conforme a determinación expresa de la Superintendencia de Hidrocarburos.

Estas aclaraciones se realizaron, ya que en Oruro en algunas estaciones de servicio existe susceptibilidad y se niega la venta de los combustibles en envases como botellas o bidones.

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