sábado, 10 de diciembre de 2011

SIN: Vehículos militares y de la Policía sin placa no podrán cargar combustible

Los vehículos de la Policía, del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (excepto los tanques) que no posean las placas de control no podrán cargar gasolina ni diésel, así lo dispuso el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), entidad que dio como plazo hasta el 29 de febrero del 2012, para que todos los vehículos a nivel nacional puedan realizar su trámite respectivo para obtener su placa de control.

El SIN junto a la Agencia para el Desarrollo de las Macroregiones y Zonas Fronterizas (ADEMAF), realizan el control de venta de combustibles en surtidores de todo el país, siendo más rigurosos en el área de frontera donde se cuenta con presencia de efectivos militares.

"Todos tienen que tener placa incluso los vehículos patrulleros, ya se ha mandado el comunicado para que tengan su placa, por otro lado los vehículos del Ejercito tienen placas se ha hecho la verificación, aunque en el caso de los tanques esos si no tienen placa, pero como son catalogados como vehículos de seguridad nacional no podemos obligarles que tengan placa, así también la maquinaria pesada puede comprar combustibles con una autorización previa del Ministerio de Gobierno", dijo la Rita Maldonado, Gerente Nacional de Fiscalización de Impuestos Nacionales, a la ANF.

La autoridad del SIN explicó que en el caso de las Fuerzas Armadas (FFAA), también existe una provisión de combustibles mediante un convenio que tienen con Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), entidad que dota de los carburantes en lugares predeterminados para el efecto.

En tanto, los vehículos de propiedad del Estado distribuidos en ministerios, instituciones públicas, gobernaciones, alcaldías, y cualquier entidad gubernamental debe regularizar la situación de sus vehículos hasta febrero de 2012.

"Los vehículos del Estado son los primeros que deben tener placa, ya se les ha mandado notas a varias entidades, señalándoles la obligación que tienen para que sus vehículos nacionalizados tengan que portar placa, ahora con los vehículos de reciente adquisición, estos por el momento tienen su póliza de importación, por lo que a estos motorizados se les está vendiendo con el documento de Declaración Única de Importación (DUI)", agrego.

De acuerdo con los datos del SIN, antes de la nacionalización de los hidrocarburos cerca de 80 mil vehículos estaban indocumentados, los cual se fue reduciendo progresivamente proceso que debe concluir los primeros meses de la siguiente gestión.

El SIN implementó desde marzo del 2011 la disposición para que los surtidores emitan facturas con el número de placa del vehículo, lo que permite un control del Ministerio de Gobierno, YPFB y la Agencia de Hidrocarburos.

La Ley 100 en el artículo 16 (servicio de impuestos nacionales) establece que: El Servicio de Impuestos Nacionales - SIN en coordinación con las entidades competentes, establecerá el tipo de información adicional que deberá ser incluida en la factura, para fines de control del flujo en la venta de mercancías prohibidas o con suspensión territorial de exportación y/o hidrocarburos y alimentos con subvención del Estado sujetos a protección específica.

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